11.2 LA SOCIEDAD ANÓNIMA
Vídeo explicativo. La sociedad anónima
¿QUÉ ES? La sociedad anónima es un tipo de sociedad mercantil
capitalista donde el capital está dividido en partes iguales, llamadas acciones.
Para formar parte de esta sociedad las aportaciones pueden ser dinerarias o no
dinerarias (se pueden aportar bienes o derechos, como una máquina o una
patente)
¿PARA QUIÉN ES IDEAL? Es una sociedad adecuada para empresas
grandes que necesitan mucho capital, donde lo importante es cuánto aporta cada
socio y no quién lo hace, ya que ellos no llevan la gestión. Las acciones SÍ COTIZAN en bolsa y cualquier
socio puede vender sus acciones libremente lo que permite acumular un capital
importante.
CARACTERÍSTICAS. Las características de este tipo de sociedad son las siguientes:
- El número de socios
puede ser de uno o más, ya sean personas físicas o jurídicas. Si sólo hay un
socio, la sociedad pasará a llamarse “sociedad anónima unipersonal”
- La responsabilidad de los socios es limitada al capital aportado.
- El capital social mínimo es de 60.000 € divididos en acciones y debe
estar totalmente suscrito y desembolsado en, al menos, un 25% en el momento de
la constitución (recuerda que las acciones SÍ COTIZAN en bolsa)
- La transmisión
de las acciones es libre.
- El impuesto a pagar es el de sociedades.
LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
Las sociedades anónimas tienen 2
órganos de gobierno.
1. La junta general de accionistas. Es el órgano en el que los
accionistas se reúnen para tomar decisiones. Las decisiones se toman por la
mayoría, de manera que el número de votos que cada accionista depende de su
número de acciones. Así, si una persona
tiene el 51% de las accionistas tienen el poder total de la empresa, ya que en
las votaciones siempre tendrá la mayoría. Así, hay dos tipos de juntas.
- Junta ordinaria: los
accionistas se reúnen una vez al año dentro de los 6 primeros meses para
aprobar o no la gestión de los administradores (recuerda que los accionistas no
suelen gestionar), para aprobar las cuentas del ejercicio anterior y decidir qué
hacer con los beneficios.
- Junta extraordinaria: la
convocan los administradores cuando lo crean oportuno para tratar algún tema de
importancia para la sociedad o es solicitada por al menos el 5% de los
accionistas.
2. El consejo de administración o administradores. Es el órgano
encargado de gestionar y representar la empresa. La junta de accionistas en la
encargada de elegir uno (administrador único) o varios administradores (consejo
de administración).
LAS ACCIONES
DEFINICIÓN: Una acción es un título que representa una parte
alícuota del capital social de la empresa, son acumulables e indivisibles. Por
tanto, si sumamos el valor de todas las acciones, tendremos el valor total del
capital de la empresa. Estas pueden ser nominativas (en ellas viene el nombre
de la persona que las posee) o al portador (no consta el nombre).
FORMA: Las acciones pueden venir en forma de título o como
anotaciones en cuenta. El título es un documento que acredita quien es el dueño
de la acción. La anotación en cuenta es simplemente una anotación informática
(no hay documento físico).
DERECHOS: Tener acciones da una serie de derechos a los
socios (accionistas).
1. Derecho a reparto de
beneficios (dividendos) por parte de la empresa. Es decir, al final del
ejercicio, la empresa puede repartir los beneficios obtenidos entre sus socios.
2. Preferencia a obtener nuevas
acciones si la empresa amplía el capital.
3. Derecho a asistencia y voto en
la junta general de accionistas.
4. Derecho a recibir información
por parte de los administradores sobre la gestión que están realizando.
VENTAJAS E INCONVENIENTES
Este tipo de sociedad presenta
las siguientes ventajas e inconvenientes.
Ahora, veamos la sociedad laboral